Desde la Red Nacional de Acueductos Comunitarios de Colombia enviamos el 18 de julio de 2024 a la DIAN nuestros comentarios frente al proyecto de resolución de facturación electrónica, en los que hacemos sugerencia de cambios y ajustes concretos en el articulado a favor de la gestión comunitaria del agua.
Aunque la propuesta de resolución planteada por la DIAN es un avance significativo en el reconocimiento de la gestión comunitaria del agua al excluir del deber de facturación electrónica (y de emitir documento equivalente electrónico) a aquellas entidades autorizadas por la Ley 142 de 1994 que presten el servicio a menos de 1.000 usuarios. Sin duda una norma de esta características implica un alivio importante para un porcentaje de acueductos comunitarios (gestores comunitarios del agua) que se encargan de abastecer de agua a la población rural y urbana del país.
Lo cual además es congruente con lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo en el sentido de eliminar los tramites, requisitos y autorizaciones que resulten desproporcionados y de promover las reformas normativas necesarias para levantar las barreras de entrada que impiden la formalización y funcionamiento de las organizaciones comunitarias. Sin embargo, consideramos que se requiere avanzar hacia una exención total del deber de facturar o de emitir documento electrónico equivalente similar al que tienen las juntas de acción comunal.
Revisa el documento completo en: https://drive.google.com/file/d/1-2oC-swSWMd0tVEwGzsWB9_QJrQrTPC6/view?usp=sharing